La regulación de los honorarios de los abogados en España se ha venido llevando a cabo a través de diversas normativas y códigos deontológicos. A nivel estatal, la Ley 6/1987, de 31 de marzo, de Colegios de Abogados y Consejo General de la Abogacía Española, junto con el Código Deontológico de la Abogacía Española, establecen las bases para la determinación de los honorarios profesionales. Sin embargo, es en el ámbito autonómico y local donde pueden surgir orientaciones más específicas, como en el caso de Vigo.